Martes, 6 de Mayo del 2025
Puedo seguir usando EXCEL para emitir mis FACTURAS
Lo que establece la Providencia Administrativa 121, es que, cuando se emitan facturas y otros documentos fiscales, por medios distintos al medio manual, es decir, distintos de los FORMATOS, los contribuyentes que para ello usen sistemas informáticos, deben ser estos, los autorizados y homologados por el SENIAT.
Me inclino por suponer que, la forma adecuada de entender lo dispuesto en la Providencia Administrativa 121, es en un contexto de armonización o armonía con la PA 071. Por lo que la nueva norma plantearía realmente, es que:
"Cuando un sujeto pasivo emita facturas a través de sistemas informáticos, conforme la PA 121; estos sistemas serán obligatoriamente, los autorizados y homologados por el SENIAT.
En cambio, cuando el contribuyente o responsable, emita facturas en FORMATOS, podrá hacerlo de manera manual, como lo prevé la PA 71". (Mi opinión)
Entonces, bajo esta interpretación y supuestos, el contribuyente podrá escoger por:
(1) emitir facturas manuales en FORMATOS, o de no ser así,
(2) usar sistemas informáticos autorizados y homologados por el SENIAT para emitir FORMAS LIBRES o incluso FORMATOS, de ser el caso.
El contribuyente podrá decidir, entre usar formatos o usar formas libres.
Lo que sí es obligatorio, es que cuando decida usar sistemas informáticos para emitir sus facturas, estos sistemas, deben ser homologados y autorizados por el SENIAT.
Por ello, se podrán seguir emitiendo de forma manual las facturas, en formatos, a menos que estén obligados a usar otro medio de emisión.
Y en el caso de que la factura se emita, ahora por medio digital, amparado en la PA SNAT/2024/102; en este supuesto, obligatoriamente el emisor requerirá de un sistema informático autorizado y homologado por el SENIAT, que conecte con la Imprenta Digital, contratada por el contribuyente emisor.